Seleccione el formulario correspondiente

Personas Humanas

Personas Jurídicas

La Ley Provincial N° 10.799 en su artículo Nº5 crea el Registro Provincial de Proveedores de Empresas Mineras, estableciendo que las EMPRESAS MINERAS que operen en la Provincia de La Rioja preferentemente deberán contratar obras, bienes, insumos y/o servicios prestados por proveedores locales inscriptos.
 

 Destinatarios

El trámite previsto para la inscripción en el Registro Provincial de Proveedores de Empresas Mineras pueden realizarlo todas las personas humanas o jurídicas y uniones transitorias de empresas que constituyan y mantengan domicilio real, fiscal y/o social en la Provincia de La Rioja y acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 10.799.

 Requisitos

La Ley Nº 10.799 en su artículo Nº 2 establece los requisitos para la inscripción en el Registro Provincial de Proveedores de Empresas Mineras a las personas humanas, jurídicas y uniones transitorias de empresas que cumplan con:

  • Domicilio fiscal: Debe coincidir con el declarado ante la Dirección General de Ingresos Provinciales (DGIP) de la provincia de La Rioja.
  • Domicilio real o social: En lugar de su residencia habitual, según Art. 73 CCyCN, debe coincidir con el del DNI.
  • Personas humanas: deberán acreditar residencia en la provincia con una antigüedad mínima de un (1) año.
  • Personas jurídicas: deberá estar inscripto ante el ARCA y la Dirección General de Ingresos Provinciales (DGIP) de La Rioja, con al menos un (1) año de creación y residencia a partir de dicha Inscripción.
  • Composición de la nómina laboral: Al menos el ochenta por ciento (80%) de los trabajadores deben tener domicilio real en La Rioja con una antigüedad de un (1) año. En el caso de profesionales o técnicos, deberán estar matriculados en los colegios profesionales correspondientes de la provincia. Deberán presentar el ANEXO III.
  • Inscripción impositiva: Las personas jurídicas deberán estar inscriptas ante ARCA y la DGIP con una antigüedad mínima de un (1) año.
  • Habilitaciones: Las actividades desarrolladas deberán contar con las habilitaciones municipales correspondientes, las cuales deberán ser presentadas ante el Registro Provincial de Proveedores de Empresas Mineras (Re.P.P.E.M.).
  • Excepciones: Se reconocerá la antigüedad a aquellas empresas que, habiendo operado por doce (12) meses o más, hayan cambiado su razón social o forma jurídica conforme a la Ley N° 19.550, o su condición tributaria ante ARCA.
  • Unión Transitoria de Empresas (UTE): Las UTE deberán contar con al menos un socio con domicilio real o legal en La Rioja y una participación societaria mínima del veinticinco por ciento (25%).
  • Adhesiones: Estar adherido al momento de la inscripción en el registro a una asociación que agrupe a servicios o proveedores mineros radicados en la provincia de La Rioja o, en su defecto, a la asociación que represente su actividad en ARCA. Deben estar legalmente constituidas, lo que le da validez legal, representatividad oficial y la posibilidad de actuar como un sujeto colectivo reconocido por el Estado.

Requisitos para cada sujeto

Personas humanas:

  • Fotocopia DNI
  • Constancia de CUIL-CUIT
  • Certificado de residencia expedido por la Policía (antigüedad no mayor a dos meses)
  • Constancia de inscripción en ARCA (vigente)
  • Constancia de inscripción en DGIP (vigente)
  • Comprobante de adhesión a la asociación que corresponda (cámara, consejo, colegio, etc)
  • Anexo III – Nómina de trabajadores

Personas Jurídicas:

  • DNI de autoridades
  • Contrato social
  • Acta de designación de autoridades (vigente)
  • Certificados de residencia de autoridades expedidos por la Policía (con una antigüedad no mayor a dos meses)
  • Constancia de inscripción en ARCA (vigente)
  • Constancia de inscripción en DGIP (vigente)
  • Comprobante de adhesión a la asociación que corresponda (cámara, consejo, colegio, etc)
  • Anexo III – Nómina de trabajadores

UTE:

  • Contrato asociativo
  • Constancia de inscripción en ARCA (vigente)
  • Constancia de inscripción en DGIP (vigente)
  • Comprobante de adhesión a la asociación que corresponda (cámara, consejo, colegio, etc)
  • Anexo III – Nómina de trabajadores

 ¿Cómo realizo la inscripción?

Los proveedores locales deberán inscribirse en el Re,P.P.E.M. debiendo cumplimentar la guía de inscripción, que instrumentará la autoridad de aplicación de la siguiente manera:
El trámite se inicia en la página web https://proveedoresmineros.larioja.gob.ar mediante la presentación del formulario digital, según corresponda a persona humana, jurídica o contrato de UTE, con la documentación respaldatoria adjunta en formato PDF o JPG.

Una vez completada la información solicitada, en un periodo de 48 a 72 horas hábiles, podrán ingresar a la solapa “CONSULTAR ESTADO” mediante un código/número único que será enviado al email indicado para verificar su estado pudiendo encontrar 4 estados posibles aclarados a continuación: 

  • 🔴 Observado: si la documentación resulta incompleta o incorrecta, se enviará una notificación detallando los requisitos faltantes o rechazados, los cuales deberán ser subsanados para continuar el proceso.
  • Aprobado: si la documentación es correcta y completa, se emitirá el Certificado Digital de Proveedor Minero, con el número de inscripción correspondiente, finalizando así el proceso y será cargado automáticamente en el registro público.
  • 🟠 En revisión: Proceso por el cual la documentación presentada se encontrará bajo análisis por la autoridad de aplicación corroborando su exactitud, confiabilidad e integridad.
  • Vencido: Cumplido el plazo de un año que otorga el estado de aprobado, la documentación presentada deberá renovarse para la validación en el registro de manera obligatoria.

Ante cualquier consulta por el órgano de aplicación se considera como vía de comunicación oficial el email que se declare en el registro de inscripción en el R.e.P.P.E.M.
Toda la documentación deberá estar escaneada y firmada hológrafamente por el/la interesado/a o responsable legal.
La autoridad de aplicación podrá requerir información relativa a las modificaciones que se hubieren producido.

¿Dónde realizo consultas?

Las consultas pueden hacerse vía correo electrónico proveedoresmineros@larioja.gob.ar o personalmente en las oficinas del Ministerio de Empleo, Trabajo, Industria y Minería – Primer Piso – ubicado en Hipólito Irigoyen 148, La Rioja, Capital.

 Costos

El trámite no tiene costo.

Vigencia

El proceso de renovación del Re.P.P.E.M. anual se llevará a cabo entre el 1 y 30 de junio de cada año debiendo realizarse el procedimiento previsto en el Artículo 7 para inscripciones. La NO renovación antes del 30 de junio de cada año producirá la pérdida de los beneficios que otorga la Ley y la caducidad del certificado para los proveedores locales que no hayan realizado la renovación de documentación en el periodo definido.
Aclarando que tanto la inscripción como las modificaciones se podrán hacer en cualquier momento del año.

Scroll al inicio